El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella tumbó la resolución por la cual se delimitó el Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en los municipios de Aipe, Neiva, Palermo, Santa María, Tesalia y Yaguará que expidió el Gobierno del expresidente Gustavo Petro.
El Gobierno Nacional del presidente Abelardo De La Espriella, a través del Ministerio de Minas y Energía, expidió la Resolución 40579 del 22 de octubre de 2026, por la cual derogó las 15 resoluciones que delimitaron los Distritos Mineros Especiales para la diversificación productiva.
Con esta decisión, el Gobierno promete devolverle “certidumbre a miles de mineros, empresas y comunidades, y ratifica una política que protege, impulsa y respalda la minería legal, responsable y regenerativa en Colombia”.
Los 15 distritos sumaban 5.340.192 hectáreas, cerca del 5% del territorio nacional, en Antioquia, Boyacá, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Huila, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Valle del Cauca y el litoral Pacífico. Catorce de ellos fueron declarados en el transcurso de 2026.
Impacta al Huila
Puntualmente, la medida del Gobierno del ‘Tigre’ deroga la Resolución 40321 del 15 de julio de 2026 del Distrito Minero Especial Huila, que emitió el Gobierno del expresidente Gustavo Petro.

Esta medida delimitaba un área aproximada de 398.752,30 hectáreas del Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en los municipios de Aipe, Neiva, Palermo, Santa María, Tesalia y Yaguará del departamento del Huila, denominado “Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Huila”.
El objetivo de la resolución derogara era “orientar el desarrollo minero del territorio mediante la agregación de valor, el fomento de encadenamientos productivos y la reindustrialización de minerales estratégicos con énfasis en la roca fosfórica y otros presentes en el territorio; así como la diversificación productiva, el fortalecimiento de la asociatividad, la formalización de los mineros de pequeña escala, la adopción de buenas prácticas mineras y seguridad minera y el desarrollo de la minería sostenible”.
Asimismo, buscaba “articular la actividad minera con los sistemas agropecuarios y agroindustriales para generar alternativas económicas que mejoren la gestión socioambiental. El Distrito facilitará mecanismos de prevención y solución concertada de los conflictos sociales derivados de la actividad minera, y promoverá la organización del territorio alrededor del agua, garantizando la seguridad alimentaria, el bienestar comunitario y la calidad de vida de sus habitantes”.
En el artículo 9 de la resolución derogada por el ‘Tigre’ se estipulaba la “garantía del derecho fundamental a la consulta previa para la implementación de los planes estratégicos de gestión”, precisamente uno de los principales temas que está buscando cambiar el gobierno actual.
La resolución tumbada planteaba: “De acuerdo con las competencias de cada organismo y entidades públicas que conforman la Mesa de Trabajo Interinstitucional del Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Huila, se garantizará el diálogo participativo y la construcción de acuerdos con los Pueblos Indígenas, las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (NARP) y demás sujetos étnicos presentes en la zona, como un proceso permanente y una herramienta fundamental en el análisis de la dinámica socioeconómica y socioambiental, en el diseño de los Planes Estratégicos de Gestión, así como de su evaluación y seguimiento”.
Señalaba que “para la aprobación de los Planes Estratégicos de Gestión de los Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva, se garantizará el derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (NARP), Pueblos Indígenas y el Pueblo Rrom cuando haya lugar, de acuerdo con los estándares de la Corte Constitucional en esta materia, en concordancia con el artículo 6o. de la presente resolución”.
El argumento del ‘Tigre’
Según el Gobierno de De La Espriella, “la minería es fundamental en la agenda de reactivación económica. Colombia tiene el potencial de ser un país minero: un país capaz de aportar minerales y energía a la transición del mundo. Los distritos mineros especiales planteaban sustituir una actividad que sostiene a miles de familias sin ofrecerles una alternativa real. Hoy les decimos a los mineros formales de Colombia que tienen reglas claras, que sus derechos están protegidos y que el Gobierno Nacional va a trabajar con ellos para acompañar los procesos de formalización, cerrar brechas, combatir la extracción ilícita y hacer una minería que cada vez más aporte a la competitividad de los territorios. Diversificar es sumar, no restar”, afirmó la ministra de Minas y Energía, María Nohemí Arboleda Arango.
Señaló el Gobierno que más de dos años después de la primera delimitación, “no hay resultados verificables en diversificación productiva, reconversión laboral, industrialización ni en la calidad de vida de las zonas delimitadas. Los planes estratégicos de gestión nunca se terminaron de formular ni de adoptar”.
Además, “el instrumento apuntaba a la sustitución progresiva de la minería sin acreditar antes alternativas productivas ciertas, financiables y viables, con efectos sobre el empleo, las regalías y el derecho al trabajo de las comunidades”.
Además, generaba “incertidumbre jurídica”. Y “las resoluciones no se armonizaron con los planes de ordenamiento territorial ni se concertaron con gobernaciones y alcaldías, lo que generó superposiciones y confusión sobre las reglas aplicables”.
De esta manera, “se reactiva la búsqueda de minerales, incluidos los minerales estratégicos que el mundo necesita para su transición energética”.
La derogatoria no afecta los derechos adquiridos, los actos administrativos en firme, las decisiones judiciales ni los acuerdos válidamente celebrados.
Esta es la resolución 40579 del 22 de octubre de 2026, por la cual se derogó las 15 resoluciones que delimitaron los Distritos Mineros Especiales para la diversificación productiva.
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El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella tumbó la resolución por la cual se delimitó el Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en los municipios de Aipe, Neiva, Palermo, Santa María, Tesalia y Yaguará que expidió el Gobierno del expresidente Gustavo Petro. El Gobierno Nacional del presidente Abelardo De La Espriella, a través
El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella tumbó la resolución por la cual se delimitó el Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en los municipios de Aipe, Neiva, Palermo, Santa María, Tesalia y Yaguará que expidió el Gobierno del expresidente Gustavo Petro.
El Gobierno Nacional del presidente Abelardo De La Espriella, a través del Ministerio de Minas y Energía, expidió la Resolución 40579 del 22 de octubre de 2026, por la cual derogó las 15 resoluciones que delimitaron los Distritos Mineros Especiales para la diversificación productiva.
Con esta decisión, el Gobierno promete devolverle “certidumbre a miles de mineros, empresas y comunidades, y ratifica una política que protege, impulsa y respalda la minería legal, responsable y regenerativa en Colombia”.
Los 15 distritos sumaban 5.340.192 hectáreas, cerca del 5% del territorio nacional, en Antioquia, Boyacá, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Huila, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Valle del Cauca y el litoral Pacífico. Catorce de ellos fueron declarados en el transcurso de 2026.
Impacta al Huila
Puntualmente, la medida del Gobierno del ‘Tigre’ deroga la Resolución 40321 del 15 de julio de 2026 del Distrito Minero Especial Huila, que emitió el Gobierno del expresidente Gustavo Petro.

Esta medida delimitaba un área aproximada de 398.752,30 hectáreas del Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en los municipios de Aipe, Neiva, Palermo, Santa María, Tesalia y Yaguará del departamento del Huila, denominado “Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Huila”.
El objetivo de la resolución derogara era “orientar el desarrollo minero del territorio mediante la agregación de valor, el fomento de encadenamientos productivos y la reindustrialización de minerales estratégicos con énfasis en la roca fosfórica y otros presentes en el territorio; así como la diversificación productiva, el fortalecimiento de la asociatividad, la formalización de los mineros de pequeña escala, la adopción de buenas prácticas mineras y seguridad minera y el desarrollo de la minería sostenible”.
Asimismo, buscaba “articular la actividad minera con los sistemas agropecuarios y agroindustriales para generar alternativas económicas que mejoren la gestión socioambiental. El Distrito facilitará mecanismos de prevención y solución concertada de los conflictos sociales derivados de la actividad minera, y promoverá la organización del territorio alrededor del agua, garantizando la seguridad alimentaria, el bienestar comunitario y la calidad de vida de sus habitantes”.
En el artículo 9 de la resolución derogada por el ‘Tigre’ se estipulaba la “garantía del derecho fundamental a la consulta previa para la implementación de los planes estratégicos de gestión”, precisamente uno de los principales temas que está buscando cambiar el gobierno actual.
La resolución tumbada planteaba: “De acuerdo con las competencias de cada organismo y entidades públicas que conforman la Mesa de Trabajo Interinstitucional del Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva del Huila, se garantizará el diálogo participativo y la construcción de acuerdos con los Pueblos Indígenas, las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (NARP) y demás sujetos étnicos presentes en la zona, como un proceso permanente y una herramienta fundamental en el análisis de la dinámica socioeconómica y socioambiental, en el diseño de los Planes Estratégicos de Gestión, así como de su evaluación y seguimiento”.
Señalaba que “para la aprobación de los Planes Estratégicos de Gestión de los Distritos Mineros Especiales para la Diversificación Productiva, se garantizará el derecho fundamental a la consulta previa de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (NARP), Pueblos Indígenas y el Pueblo Rrom cuando haya lugar, de acuerdo con los estándares de la Corte Constitucional en esta materia, en concordancia con el artículo 6o. de la presente resolución”.
El argumento del ‘Tigre’
Según el Gobierno de De La Espriella, “la minería es fundamental en la agenda de reactivación económica. Colombia tiene el potencial de ser un país minero: un país capaz de aportar minerales y energía a la transición del mundo. Los distritos mineros especiales planteaban sustituir una actividad que sostiene a miles de familias sin ofrecerles una alternativa real. Hoy les decimos a los mineros formales de Colombia que tienen reglas claras, que sus derechos están protegidos y que el Gobierno Nacional va a trabajar con ellos para acompañar los procesos de formalización, cerrar brechas, combatir la extracción ilícita y hacer una minería que cada vez más aporte a la competitividad de los territorios. Diversificar es sumar, no restar”, afirmó la ministra de Minas y Energía, María Nohemí Arboleda Arango.
Señaló el Gobierno que más de dos años después de la primera delimitación, “no hay resultados verificables en diversificación productiva, reconversión laboral, industrialización ni en la calidad de vida de las zonas delimitadas. Los planes estratégicos de gestión nunca se terminaron de formular ni de adoptar”.
Además, “el instrumento apuntaba a la sustitución progresiva de la minería sin acreditar antes alternativas productivas ciertas, financiables y viables, con efectos sobre el empleo, las regalías y el derecho al trabajo de las comunidades”.
Además, generaba “incertidumbre jurídica”. Y “las resoluciones no se armonizaron con los planes de ordenamiento territorial ni se concertaron con gobernaciones y alcaldías, lo que generó superposiciones y confusión sobre las reglas aplicables”.
De esta manera, “se reactiva la búsqueda de minerales, incluidos los minerales estratégicos que el mundo necesita para su transición energética”.
La derogatoria no afecta los derechos adquiridos, los actos administrativos en firme, las decisiones judiciales ni los acuerdos válidamente celebrados.
Esta es la resolución 40579 del 22 de octubre de 2026, por la cual se derogó las 15 resoluciones que delimitaron los Distritos Mineros Especiales para la diversificación productiva.
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