¿Por qué se suspendió el decreto del mínimo y qué sigue?

Los expertos concuerdan en que tras la suspensión, en la práctica, el salario mínimo sigue siendo el decretado y no ha cambiado “absolutamente nada”. Además, advierten que el Gobierno podría volver a expedir el mismo porcentaje del 23%, mientras que el Consejo de Estado toma su decisión de fondo.

@cate_manchola

En una decisión que ha sido calificada como inédita desde varios sectores, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto 1469 de 2025 mediante el cual el gobierno nacional, del presidente Gustavo Petro, fijó en 23% el aumento del salario mínimo legal mensual vigente para el presente año 2026. Como esta no es una medida definitiva, varios expertos han dado luces en este ambiente de incertidumbre para las familias colombianas y empresarios.

De acuerdo con el economista Luis Fernando Mejía, CEO de Lumen Economic Intelligence, el Consejo de Estado tomó la decisión “por dudas jurídicas sobre la fundamentación” del decreto, especialmente sobre los criterios de la Ley 278 de 1996, en los ítems de inflación (IPC) y productividad. El economista también hizo una importante aclaración y es que el alto tribunal “difirió los efectos de la suspensión: en la práctica, el salario mínimo vigente sigue siendo el decretado mientras el Gobierno expide en máximo 8 días un nuevo decreto transitorio debidamente motivado, que regirá hasta la sentencia de fondo”.

Analizó cómo, desde una perspectiva macroeconómica, “el fallo no altera de inmediato el choque de costos asociado al aumento del salario mínimo, pero introduce un elemento adicional de incertidumbre, que permanecerá hasta que el Consejo de Estado dicte sentencia. Esto puede traducirse en menores incentivos a la contratación formal y una mayor dispersión en las expectativas de inflación”, puntualizó.

Que “no cambia absolutamente nada”, aportó en su análisis a la decisión el exministro de Hacienda, José Manuel Restrepo. “Lo único que cambia es que le está pidiendo al Gobierno Nacional un poco de rigor técnico, en la manera en cómo justificó técnicamente el aumento de ese 23%. Tampoco está diciendo que considere que el aumento es inconstitucional. Lo que está pidiendo realmente es demostrar que está cumpliendo los parámetros del artículo 8º ley 278 de 1996. Eso incluye inflación del 2026, productividad, contribución de los salarios al ingreso nacional, incremento del Producto Interno Bruto del año 2025, inflación del año 2025, pero también los desarrollos constitucionales donde se incluye el concepto de salario vital, que fue quizá el criterio más importante que utiliza el Gobierno para el aumento del 23%”.

El economista vaticinó un 23% en ese nuevo decreto. “Lo que muy seguramente sucederá, es que el Gobierno ratificará el aumento, justificará bien el concepto de salario vital y finalmente el Consejo de Estado terminará aceptando dicho aumento”.

Desde su visión, “lo que sí puede suceder es que el Gobierno capitalice esto para hacer campaña electoral, para la guerra de las narrativas, para decir que aquí hay un problema de lucha de clases. Tristemente, una decisión como esta del Consejo de Estado termina siendo más bien un instrumento, un motor que capitalice políticamente el Gobierno para la campaña electoral”.

De igual manera, para el Consejo Gremial, “el auto proferido tiene carácter cautelar. No constituye una decisión definitiva sobre la legalidad del decreto, sino una determinación provisional orientada a proteger el orden jurídico mientras se adopta una sentencia de fondo”. En suma, el decreto expedido por el presidente Petro sigue vigente, ahora el Gobierno debe corregir lo que haya lugar con apoyo de la comisión tripartita y luego se conocerá la evaluación definitiva.

Pero esa conversación entre los empresarios y el gobierno, no pinta tener futuro; tal y como sucedió meses atrás.

Tenga en cuenta que a usted le deben pagar esta quincena con base en el decreto vigente.

Combustible para la campaña  

Los ministros del Trabajo, Antonio Sanguino, y del Interior, Armando Benedetti han tildado la determinación del Consejo de Estado como una decisión política, y han exhortado a salir a las calles argumentando que el alza, además de ser digna, no impacta los precios de los alimentos. En esa misma línea se han referido los sindicalistas y políticos afines al Gobierno Nacional, avivando la controversia en plena campaña a Congreso y Presidencia.

“Eso demuestra, otra vez, que no se les quiere ayudar a los menos favorecidos. Hay una clase dirigente con influencia en el Congreso y las altas cortes” dijo Benedetti. “Ya las grandes empresas estaban diciendo que estaba bien”, en suma, “para mí, es una decisión política”, reafirmó. De su lado, Sanguino apuntó que ayer no fue un buen día para los trabajadores de Colombia; “el Consejo de Estado tomó una decisión precipitada, nefasta e indignante”.

Según el presidente Gustavo Petro, “suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la Constitución, que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno y sus derechos en materia de salario”. También advirtió que se afecta “la demanda por alimentos vitales en Colombia”, y todo esto “llevaría a detener la economía nacional y a aumentar el hambre y la desnutrición infantil, la más grave. Eso, atenta contra la Vida. Nada más anticonstitucional”.

En sintonía con lo anterior, en Huila, para el vocero de la Central Unitaria de Trabajadores, Juan Pablo Tovar Paredes, es una acción más “en contra del pueblo”.

La oposición   

Los gremios, opositores férreos al aumento del 23% como Fenalco, Andi y el Consejo Gremial celebran la determinación del Consejo de Estado. “Fue un fallo en estricto derecho”, aseguró Jaime Alberto Cabal, presidente del gremio de los comerciantes. “Está teniendo en cuenta que el incremento desmesurado del salario mínimo, que había hecho el gobierno nacional no obedece a criterios y a razones técnicas, sociales y económicas; sino básicamente a arbitrariedad y a una improvisación como la que se tuvo”.

Los gremios apuntan a una cifra “ponderada” y que “corresponda a la realidad del país” en ese nuevo decreto que debe expedir el Gobierno, mientras se toma una decisión de fondo. Para Cabal, se iban a “perder 772.000 empleos”, por la afectación a las empresas.

En contraste, la CUT nacional pide “nuevamente el decreto en las mismas condiciones”.

Fenalco estima un aumento de alrededor del 7%. De esta manera, las posturas continúan siendo diametralmente opuestas.

La medida cautelar no es retroactiva. El gobierno interpondrá el recurso de reposición; así las cosas, la puja jurídica continúa.

 Los expertos concuerdan en que tras la suspensión, en la práctica, el salario mínimo sigue siendo el decretado y no ha cambiado “absolutamente nada”. Además, advierten que el Gobierno podría volver a expedir el mismo porcentaje del 23%, mientras que el Consejo de Estado toma su decisión de fondo. @cate_manchola En una decisión que ha  

Los expertos concuerdan en que tras la suspensión, en la práctica, el salario mínimo sigue siendo el decretado y no ha cambiado “absolutamente nada”. Además, advierten que el Gobierno podría volver a expedir el mismo porcentaje del 23%, mientras que el Consejo de Estado toma su decisión de fondo.

@cate_manchola

En una decisión que ha sido calificada como inédita desde varios sectores, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto 1469 de 2025 mediante el cual el gobierno nacional, del presidente Gustavo Petro, fijó en 23% el aumento del salario mínimo legal mensual vigente para el presente año 2026. Como esta no es una medida definitiva, varios expertos han dado luces en este ambiente de incertidumbre para las familias colombianas y empresarios.

De acuerdo con el economista Luis Fernando Mejía, CEO de Lumen Economic Intelligence, el Consejo de Estado tomó la decisión “por dudas jurídicas sobre la fundamentación” del decreto, especialmente sobre los criterios de la Ley 278 de 1996, en los ítems de inflación (IPC) y productividad. El economista también hizo una importante aclaración y es que el alto tribunal “difirió los efectos de la suspensión: en la práctica, el salario mínimo vigente sigue siendo el decretado mientras el Gobierno expide en máximo 8 días un nuevo decreto transitorio debidamente motivado, que regirá hasta la sentencia de fondo”.

Analizó cómo, desde una perspectiva macroeconómica, “el fallo no altera de inmediato el choque de costos asociado al aumento del salario mínimo, pero introduce un elemento adicional de incertidumbre, que permanecerá hasta que el Consejo de Estado dicte sentencia. Esto puede traducirse en menores incentivos a la contratación formal y una mayor dispersión en las expectativas de inflación”, puntualizó.

Que “no cambia absolutamente nada”, aportó en su análisis a la decisión el exministro de Hacienda, José Manuel Restrepo. “Lo único que cambia es que le está pidiendo al Gobierno Nacional un poco de rigor técnico, en la manera en cómo justificó técnicamente el aumento de ese 23%. Tampoco está diciendo que considere que el aumento es inconstitucional. Lo que está pidiendo realmente es demostrar que está cumpliendo los parámetros del artículo 8º ley 278 de 1996. Eso incluye inflación del 2026, productividad, contribución de los salarios al ingreso nacional, incremento del Producto Interno Bruto del año 2025, inflación del año 2025, pero también los desarrollos constitucionales donde se incluye el concepto de salario vital, que fue quizá el criterio más importante que utiliza el Gobierno para el aumento del 23%”.

El economista vaticinó un 23% en ese nuevo decreto. “Lo que muy seguramente sucederá, es que el Gobierno ratificará el aumento, justificará bien el concepto de salario vital y finalmente el Consejo de Estado terminará aceptando dicho aumento”.

Desde su visión, “lo que sí puede suceder es que el Gobierno capitalice esto para hacer campaña electoral, para la guerra de las narrativas, para decir que aquí hay un problema de lucha de clases. Tristemente, una decisión como esta del Consejo de Estado termina siendo más bien un instrumento, un motor que capitalice políticamente el Gobierno para la campaña electoral”.

De igual manera, para el Consejo Gremial, “el auto proferido tiene carácter cautelar. No constituye una decisión definitiva sobre la legalidad del decreto, sino una determinación provisional orientada a proteger el orden jurídico mientras se adopta una sentencia de fondo”. En suma, el decreto expedido por el presidente Petro sigue vigente, ahora el Gobierno debe corregir lo que haya lugar con apoyo de la comisión tripartita y luego se conocerá la evaluación definitiva.

Pero esa conversación entre los empresarios y el gobierno, no pinta tener futuro; tal y como sucedió meses atrás.

Tenga en cuenta que a usted le deben pagar esta quincena con base en el decreto vigente.

Combustible para la campaña  

Los ministros del Trabajo, Antonio Sanguino, y del Interior, Armando Benedetti han tildado la determinación del Consejo de Estado como una decisión política, y han exhortado a salir a las calles argumentando que el alza, además de ser digna, no impacta los precios de los alimentos. En esa misma línea se han referido los sindicalistas y políticos afines al Gobierno Nacional, avivando la controversia en plena campaña a Congreso y Presidencia.

“Eso demuestra, otra vez, que no se les quiere ayudar a los menos favorecidos. Hay una clase dirigente con influencia en el Congreso y las altas cortes” dijo Benedetti. “Ya las grandes empresas estaban diciendo que estaba bien”, en suma, “para mí, es una decisión política”, reafirmó. De su lado, Sanguino apuntó que ayer no fue un buen día para los trabajadores de Colombia; “el Consejo de Estado tomó una decisión precipitada, nefasta e indignante”.

Según el presidente Gustavo Petro, “suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la Constitución, que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno y sus derechos en materia de salario”. También advirtió que se afecta “la demanda por alimentos vitales en Colombia”, y todo esto “llevaría a detener la economía nacional y a aumentar el hambre y la desnutrición infantil, la más grave. Eso, atenta contra la Vida. Nada más anticonstitucional”.

En sintonía con lo anterior, en Huila, para el vocero de la Central Unitaria de Trabajadores, Juan Pablo Tovar Paredes, es una acción más “en contra del pueblo”.

La oposición   

Los gremios, opositores férreos al aumento del 23% como Fenalco, Andi y el Consejo Gremial celebran la determinación del Consejo de Estado. “Fue un fallo en estricto derecho”, aseguró Jaime Alberto Cabal, presidente del gremio de los comerciantes. “Está teniendo en cuenta que el incremento desmesurado del salario mínimo, que había hecho el gobierno nacional no obedece a criterios y a razones técnicas, sociales y económicas; sino básicamente a arbitrariedad y a una improvisación como la que se tuvo”.

Los gremios apuntan a una cifra “ponderada” y que “corresponda a la realidad del país” en ese nuevo decreto que debe expedir el Gobierno, mientras se toma una decisión de fondo. Para Cabal, se iban a “perder 772.000 empleos”, por la afectación a las empresas.

En contraste, la CUT nacional pide “nuevamente el decreto en las mismas condiciones”.

Fenalco estima un aumento de alrededor del 7%. De esta manera, las posturas continúan siendo diametralmente opuestas.

La medida cautelar no es retroactiva. El gobierno interpondrá el recurso de reposición; así las cosas, la puja jurídica continúa.

 ECONOMÍA – lanacion