La Corte Constitucional suspendió el Decreto 0044, con el que el Gobierno buscaba imponer nuevos aportes al sector energético en el marco de la emergencia económica. La decisión dejó en pausa los impuestos a las generadoras y el esquema de entrega obligatoria de energía, mientras se define su constitucionalidad. Las reacciones coincidieron en que el fallo evidencia la falta de una estrategia estructural para atender la crisis del sector eléctrico.
Johan Eduardo Rojas López
johan.rojas@lanacion.com.co
Como una decisión coherente y ajustada a los principios constitucionales calificaron los gremios económicos del país la suspensión del decreto con el que el Gobierno nacional pretendía imponer impuestos al sector energético.
La determinación de la Corte Constitucional representa un nuevo freno al paquete de decretos con los que el Ejecutivo buscaba enfrentar la crisis del sector eléctrico y recaudar recursos tras el hundimiento de la ley de financiamiento en el Congreso.
La decisión quedó consignada en el Auto 101 de 2026, mediante el cual el alto tribunal suspendió los efectos del Decreto 0044 del 21 de enero de 2026, norma que establecía nuevos aportes obligatorios a cargo de las empresas generadoras de energía y hacía parte del paquete de medidas con el que el Gobierno Petro buscaba recaudar cerca de $12 billones, de un total de $16,3 billones proyectados, recursos destinados en parte a atender la situación financiera de empresas intervenidas como Air-e y a garantizar la continuidad del servicio de energía eléctrica, especialmente en la región Caribe.
Según la Corte, el decreto no podrá aplicarse mientras la Sala Plena adopte una decisión definitiva sobre su constitucionalidad, en el marco del estudio de la declaratoria de emergencia económica.
Aporte en especie del 12 %
En concreto, la norma establecía un aporte en especie equivalente al 12 % de la energía comercializada en el Mercado de Energía Mayorista por parte de las empresas de generación hidráulica con despacho centralizado. También creaba una contribución parafiscal del 2,5 % sobre la utilidad antes de impuestos de la vigencia 2025, recursos que serían administrados por el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y pagados en dos plazos.
Pero, tras evaluar estas disposiciones, se suspendió la iniciativa por mayoría de seis votos contra dos. A favor de la medida votaron los magistrados Carlos Camargo, Lina Escobar, Paola Meneses, Miguel Polo, Natalia Ángel y Juan Carlos Cortés. En contraste, los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron su voto, al considerar que el articulado debía mantenerse vigente mientras se resolvía el análisis de fondo.
Gremios celebran
“La suspensión provisional del Decreto 1390 reafirma el Estado de Derecho y recuerda que incluso en coyunturas complejas la Constitución no se suspende. En coherencia con ello, la suspensión del Decreto 0044, a partir del 29 de enero de 2026, ratifica un principio esencial: las medidas que afectan sectores estratégicos como el energético deben adoptarse con rigor constitucional, técnico y jurídico, y no mediante atajos normativos”, señaló Natalia Gutiérrez, presidenta de Acolgen (Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica) y del Consejo Gremial Nacional.
Dijo, además, que el sector eléctrico ha invertido más de $140 billones en 30 años y que se requieren inversiones anuales entre $10 y $13 billones para asegurar el suministro futuro. Bajo esa lógica, cambios abruptos en las reglas, a su juicio, debilitan la confianza y ponen en riesgo estas inversiones, en un momento en el que el país ya enfrenta una escasez de energía firme de -1,6 % en 2025 y en el que, según datos de XM, este déficit podría profundizarse hasta -3,5 % en 2027.
En la misma línea se pronunció Alejandro Castañeda, director ejecutivo de la Andeg (Asociación Nacional de Empresas Generadoras), quien calificó la suspensión como una medida coherente y esperada. Para el dirigente, la decisión devuelve algo de certidumbre al sector, aunque advirtió que el panorama sigue siendo incierto mientras no exista un pronunciamiento definitivo de la Corte.
Huilenses se pronunciaron
Lina Carrera, presidenta de la Cámara de Comercio del Huila, precisó que la medida es positiva en el corto plazo porque protege la estructura de costos, las tarifas y el flujo de caja de las generadoras. Sin embargo, advirtió que el decreto no resuelve el problema estructural: la crisis de Air-e y el déficit del Fondo Empresarial.
“Estas dos siguen siendo una amenaza para la estabilidad del sistema. El sector necesita una solución estructural, no medidas tributarias precipitadas”, declaró.
La representante a la Cámara por el Huila, Flora Perdomo, por su parte, detalló que es respetuosa de las decisiones de los honorables magistrados, en quienes —dijo— confía que actuaron conforme a la ley y en estricto derecho. No obstante, apuntó que la suspensión tiene implicaciones, pues significa frenar un proceso que ya estaba en marcha y que, de acuerdo con el Gobierno, era necesario para enfrentar la crisis de una compañía eléctrica que presenta apuros económicos muy graves, los cuales incluso podrían generar la suspensión del servicio.
“El Gobierno tiene sus razones; en lo personal pienso que hay una crisis que puede afectar a muchas comunidades y que era necesario atender. El asunto pasa por la legalidad y constitucionalidad de la decisión del Gobierno al expedir el decreto. Es posible que existieran otras medidas para hacerle frente a la crisis, pero el Gobierno optó por la emergencia económica, que hoy se cae por inconstitucional. Espero que el impacto sea mínimo y que se busquen otras maneras de superar la problemática”, concluyó.
La Corte Constitucional suspendió el Decreto 0044, con el que el Gobierno buscaba imponer nuevos aportes al sector energético en el marco de la emergencia económica. La decisión dejó en pausa los impuestos a las generadoras y el esquema de entrega obligatoria de energía, mientras se define su constitucionalidad. Las reacciones coincidieron en que el
La Corte Constitucional suspendió el Decreto 0044, con el que el Gobierno buscaba imponer nuevos aportes al sector energético en el marco de la emergencia económica. La decisión dejó en pausa los impuestos a las generadoras y el esquema de entrega obligatoria de energía, mientras se define su constitucionalidad. Las reacciones coincidieron en que el fallo evidencia la falta de una estrategia estructural para atender la crisis del sector eléctrico.
Johan Eduardo Rojas López
johan.rojas@lanacion.com.co
Como una decisión coherente y ajustada a los principios constitucionales calificaron los gremios económicos del país la suspensión del decreto con el que el Gobierno nacional pretendía imponer impuestos al sector energético.
La determinación de la Corte Constitucional representa un nuevo freno al paquete de decretos con los que el Ejecutivo buscaba enfrentar la crisis del sector eléctrico y recaudar recursos tras el hundimiento de la ley de financiamiento en el Congreso.
La decisión quedó consignada en el Auto 101 de 2026, mediante el cual el alto tribunal suspendió los efectos del Decreto 0044 del 21 de enero de 2026, norma que establecía nuevos aportes obligatorios a cargo de las empresas generadoras de energía y hacía parte del paquete de medidas con el que el Gobierno Petro buscaba recaudar cerca de $12 billones, de un total de $16,3 billones proyectados, recursos destinados en parte a atender la situación financiera de empresas intervenidas como Air-e y a garantizar la continuidad del servicio de energía eléctrica, especialmente en la región Caribe.
Según la Corte, el decreto no podrá aplicarse mientras la Sala Plena adopte una decisión definitiva sobre su constitucionalidad, en el marco del estudio de la declaratoria de emergencia económica.
Aporte en especie del 12 %
En concreto, la norma establecía un aporte en especie equivalente al 12 % de la energía comercializada en el Mercado de Energía Mayorista por parte de las empresas de generación hidráulica con despacho centralizado. También creaba una contribución parafiscal del 2,5 % sobre la utilidad antes de impuestos de la vigencia 2025, recursos que serían administrados por el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y pagados en dos plazos.
Pero, tras evaluar estas disposiciones, se suspendió la iniciativa por mayoría de seis votos contra dos. A favor de la medida votaron los magistrados Carlos Camargo, Lina Escobar, Paola Meneses, Miguel Polo, Natalia Ángel y Juan Carlos Cortés. En contraste, los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron su voto, al considerar que el articulado debía mantenerse vigente mientras se resolvía el análisis de fondo.
Gremios celebran
“La suspensión provisional del Decreto 1390 reafirma el Estado de Derecho y recuerda que incluso en coyunturas complejas la Constitución no se suspende. En coherencia con ello, la suspensión del Decreto 0044, a partir del 29 de enero de 2026, ratifica un principio esencial: las medidas que afectan sectores estratégicos como el energético deben adoptarse con rigor constitucional, técnico y jurídico, y no mediante atajos normativos”, señaló Natalia Gutiérrez, presidenta de Acolgen (Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica) y del Consejo Gremial Nacional.
Dijo, además, que el sector eléctrico ha invertido más de $140 billones en 30 años y que se requieren inversiones anuales entre $10 y $13 billones para asegurar el suministro futuro. Bajo esa lógica, cambios abruptos en las reglas, a su juicio, debilitan la confianza y ponen en riesgo estas inversiones, en un momento en el que el país ya enfrenta una escasez de energía firme de -1,6 % en 2025 y en el que, según datos de XM, este déficit podría profundizarse hasta -3,5 % en 2027.
En la misma línea se pronunció Alejandro Castañeda, director ejecutivo de la Andeg (Asociación Nacional de Empresas Generadoras), quien calificó la suspensión como una medida coherente y esperada. Para el dirigente, la decisión devuelve algo de certidumbre al sector, aunque advirtió que el panorama sigue siendo incierto mientras no exista un pronunciamiento definitivo de la Corte.
Huilenses se pronunciaron
Lina Carrera, presidenta de la Cámara de Comercio del Huila, precisó que la medida es positiva en el corto plazo porque protege la estructura de costos, las tarifas y el flujo de caja de las generadoras. Sin embargo, advirtió que el decreto no resuelve el problema estructural: la crisis de Air-e y el déficit del Fondo Empresarial.
“Estas dos siguen siendo una amenaza para la estabilidad del sistema. El sector necesita una solución estructural, no medidas tributarias precipitadas”, declaró.
La representante a la Cámara por el Huila, Flora Perdomo, por su parte, detalló que es respetuosa de las decisiones de los honorables magistrados, en quienes —dijo— confía que actuaron conforme a la ley y en estricto derecho. No obstante, apuntó que la suspensión tiene implicaciones, pues significa frenar un proceso que ya estaba en marcha y que, de acuerdo con el Gobierno, era necesario para enfrentar la crisis de una compañía eléctrica que presenta apuros económicos muy graves, los cuales incluso podrían generar la suspensión del servicio.
“El Gobierno tiene sus razones; en lo personal pienso que hay una crisis que puede afectar a muchas comunidades y que era necesario atender. El asunto pasa por la legalidad y constitucionalidad de la decisión del Gobierno al expedir el decreto. Es posible que existieran otras medidas para hacerle frente a la crisis, pero el Gobierno optó por la emergencia económica, que hoy se cae por inconstitucional. Espero que el impacto sea mínimo y que se busquen otras maneras de superar la problemática”, concluyó.
ECONOMÍA – lanacion
